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La LOPD

La Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal, garantiza y protege los derechos fundamentales de privacidad de las personas físicas.  

¿A quién obliga?. A cualquier profesional, entidad, empresa pública o privada que tenga datos personales (nombre, apellidos, teléfono, email, formación, titulación..) de clientes, proveedores, comerciales, personal, comuneros, socios, ..

Tanto la obligación de cumplir con la ley como las sanciones no tienen nada que ver con el tamaño de la empresa ni con el tipo de actividad. Todos debemos cumplir con la Ley.

¿Que hay que hacer?. Dar de alta los ficheros en la Agencia de Protección de datos, elaborar el documento de seguridad, implantación de las medidas de seguridad, …..

¿Lo puedo hacer yo?. Por supuesto, igual que puede defenderse uno mismo en un juzgado o llevar la contabilidad, presentar los impuestos, etc.. si conoce la Ley, los procesos, e implanta las medidas necesarias dependiendo del nivel de seguridad que necesite, pasa las auditorias, ….. lo puede hacer usted mismo.

¿Que me puede pasar?. Si no cumple con la Ley, las sanciones dependiendo si son consideradas leves, graves o muy graves, pueden ser de 900 € a 600.000 €. …. y la agencia actúa de oficio o por una denuncia.

¿Quien me puede denunciar?. Cualquier persona, cliente, proveedor, empleado, vecino, competencia……, puede hacer una denuncia (gratuita) y simplemente por no estar dado de alta ya tiene la primera sanción y después la inspección añadirá según las deficiencias detectadas.